共和国大統領が、上記の条件における法律の公布を怠る場合、自らの不作為によって被るかもしれない共和国大統領の責任に対する損害を受けることなく、国民議会の議長と2名の副議長は、公布を続行する。
Artículo 216
Cuando el Presidente o Presidenta de la República no promulgare la ley en los términos señalados, el Presidente o Presidenta y los dos Vicepresidentes o Vicepresidentas de la Asamblea Nacional procederán a su promulgación sin perjuicio de la responsabilidad en que aquél o aquélla incurra por su omisión.
2008/03/25
第216条「国民議会による法律の公布」
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186~224条「国会権力」
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