2008/03/20

第211条「法案に対する意見の反映」

法案の審議と承認の過程の中で、国民議会あるいは常任委員会は、他の国家機関、市民、組織化された社会に法案についての意見を聞くよう相談する。以下のものは、国民議会の規則によって定めることができる条件において提案された法律の審議に発言する権利がある:行政権力を代表する閣僚、最高裁判所が指名する司法権力の代表、共和国倫理委員会が指名する市民権力の代表、選挙管理委員会の委員、州議会を通じた、あるいは州議会が指名する州の代表、組織化された社会の代表。


Artículo 211
La Asamblea Nacional o las Comisiones Permanentes, durante el procedimiento de discusión y aprobación de los proyectos de leyes, consultarán a los otros órganos del Estado, a los ciudadanos y ciudadanas y a la sociedad organizada para oír su opinión sobre los mismos. Tendrán derecho de palabra en la discusión de las leyes los Ministros o Ministras en representación del Poder Ejecutivo; el magistrado o magistrada del Tribunal Supremo de Justicia a quien éste designe, en representación del Poder Judicial; el o la representante del Poder Ciudadano designado o designada por el Consejo Moral Republicano; los y las integrantes del Poder Electoral; los Estados a través de un o una representante designado o designada por el Consejo Legislativo y los y las representantes de la sociedad organizada, en los términos que establezca el reglamento de la Asamblea Nacional.

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